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AYUDAS DEL PLAN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, DESARROLLO E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA (I + D + i, 2004-2007) EN LA PARTE DEDICADA AL FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN TÉCNICA.

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20 de Noviembre de 2003
Objetivo: 

Realizar la convocatoria para el año 2004 de las ayudas correspondientes a las Secciones competencia de la Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica que se enuncian a continuación (de acuerdo con Anexo I de la Orden CTE/3185/2003):

Biomedicina

Programa Nacional de Tecnologías para la Salud y el Bienestar

Biotecnología.

Recursos y Tecnologías agroalimentarias.

Ciencias y Tecnologías Medioambientales.

Energía, salvo el Subprograma Nacional de Fusión Termonuclear.

Ciencias y Tecnologías químicas

Materiales.

Diseño y Producción Industrial:

Medios de transporte:

Automoción.

Transporte Aéreo.

Construcción.

Seguridad.

Ciencias sociales, Económicas y

Jurídicas.

Acción estratégica de tecnologías turísticas.

Concepto: 

a. Proyectos de investigación.
b. Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación.

c. Proyectos de desarrollo tecnológico.

d. Acciones complementarias.

e. Actuaciones complementarias de cooperación internacional: actuaciones favorecedoras de la participación en los programas EUREKA, IBEROEKA, Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, demostración y desarrollo tecnológicos, y otros programas internacionales de cooperación en investigación científica y desarrollo tecnológico (IDT).

Beneficiario: 

1. Empresas.

2. Agrupación o asociación.

3. Centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro.

4. Entidades de Derecho público, en lo relativo a acciones complementarias.

Periodo: 

Hasta el 23 de diciembre de 2003. El 2 de septiembre de 2004 para acciones complementarias.

Importe: 

Se determina en la resolución de concesión de ayudas.

Importe máximo del crédito reembolsable: Hasta el 75 por 100 el coste de los proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico.

Solicitud: 

Las solicitudes para la obtención de las ayudas seguirán el modelo, que figura, a título informativo, en el Anexo II de la Orden de bases desarrollada por esta resolución. Dicho modelo estará disponible para su cumplimentación y presentación en la dirección de internet del Ministerio de Ciencia y Tecnología www.mcyt.es/profit.

Viernes, 26 de Abril de 2024
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