Ayudas públicas destinadas a la reparación y reposición de los daños materiales en los bienes correspondientes a la actividad agraria no dirigida al mercado de los afectados por los incendios ocurridos durante los meses de julio y agosto del año 2004 en
los municipios de las provincias de Huelva, Jaén y Sevilla contemplados en el Anexo de esta Orden.
Daños por incendio en explotaciones ganaderas, maquinaria agrícola o aperos de labranza, radicados en:
Provincia de Huelva
- Berrocal.
- Calañas.
- El Campillo.
- Escacena del Campo.
- Nerva.
- Valverde del Camino.
- Zalamea la Real.
Provincia de Jaén
- Aldeaquemada.
- Castellar.
- Montizón.
- Santisteban del Puerto.
Provincia de Sevilla
- Aznalcóllar.
- Castillo de las Guardas.
- El Madroño.
- Gerena.
- Sanlúcar la Mayor.
Podrán acogerse a las ayudas recogidas en la Orden las personas físicas cuyas explotaciones ganaderas, maquinaria agrícola o aperos de labranza, radicados en los términos municipales indicados en el Anexo de la Orden, hayan sufrido daños en los incendios mencionados.
7 días tras la publicación de la Orden
Límite máximos de 3000 euros por beneficiario.
En 7 días tras la publicación de la Orden, los beneficiarios deberán presentar su solicitud, preferentemente en su ayuntamiento.
Orden de 9 de noviembre de 2004, por la que se establecen ayudas dirigidas al resarcimiento de los daños ocasionados en la actividad agraria no dirigida al mercado en determinados municipios de las provincias de Huelva, Jaén y Sevilla con motivo de los incendios ocurridos durante los meses de julio y agosto de 2004. ORD2004-26270-26273.pdf
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