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AYUDAS POR SUPERFICIE

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16 de Abril de 2005
Objetivo: 

Ayudas establecidas en base a las superficies cultivo, que se regulan mediante un sistema integrado de gestión y control que abarca los regímenes de ayuda financiera en los sectores de los cultivos herbáceos y otros regímenes de ayuda basados también en la superficie.

Concepto: 

a.Los pagos por superficie contemplados a determinados cultivos herbáceos:
Trigo duro Los demás trigos y morcajo o tranquillón Centeno, Cebada, Avena, Maíz, Sorgo para grano, Alforfón, mijo y alpiste; los demás cereales, Maíz dulce, Habas de soja, Semilla de colza y nabina, Semilla de girasol, Guisantes, Habas, Altramuces dulces, Semilla de lino.

b.La ayuda específica por hectárea a los productores de arroz

c.Pagos específicos por hectárea a la calidad del trigo duro

d.Pagos específicos por hectárea a las proteaginosas

e.Pagos específicos por hectárea a los cultivos energéticos

f.Los pagos por superficie a los productores de leguminosas grano (lentejas, garbanzos y vezas)

g.El precio mínimo reglamentario para el algodón

h.La ayuda al cultivo de lúpulo

i.El cómputo de superficie forrajera a efectos del cálculo de densidad ganadera.

j.La formalización de contratos para venta de su producción de forrajes verdes para desecación.

k.Prima a la producción de tabaco.

Beneficiario: 

Productores de los cultivos anteriormente mencionados, con obligaciones específicas para los productores de trigo duro, algodón, lino y cáñamo destinados a la producción de fibra, arroz, determinadas leguminosas de grano, tabaco, forrajes desecados. En el caso de receptores y primeros transformadores, son necesarias autorizaciones, y determinados compromisos de utilización en las tierras retiradas para el cultivo de las materias primas previstas en Anexo II del Reglamento (CE) 2461/1999.

Periodo: 

Las solicitudes se presentarán entre el 1 de enero y el segundo viernes del mes de marzo de cada año. En 2005 el inicio será el 1 de febrero, fin el 29 de abril.

Importe: 

Se han establecido las siguientes ayudas por cultivos:

Cereales, maíz, retirada de tierras, lino no textil y cáñamo: 63 euros/Tm.

Cultivos energéticos: 45 euros/Tm.

Proteaginosas, pago compensatorio: 63 euros/Tm.

Proteaginosas, prima específica: 55,57 euros/Tm.

Suplemento del pago al trigo duro: 313 euros/ha.

Prima específica a la calidad del trigo duro: 40 euros/ha.

Ayuda especial al trigo duro: 93 euros/Tm.

Ayuda a la producción de leguminosas grano: 181 euros/ha.

Ayuda específica al arroz: 1123,95 euros/ha.

Solicitud: 

Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Director General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, presentándose preferentemente en la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca que resulte competente, sin perjuicio de que pueda presentarse en los demás lugares previstos en el punto 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Domingo, 28 de Abril de 2024
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