Establecer las bases reguladoras de las ayudas para la organización y asistencia a ferias agroalimentarias, previstas en la Sección 3 ª del Decreto 280/2001 de 26 de diciembre, por el que se establecen las ayudas de la Junta de Andalucía a los sectores agrícola, ganadero y forestal incluidas en el Programa Operativo Integrado Regional de Andalucía para el Desarrollo del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006.
La concesión estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en el ejercicio en que se realice la convocatoria, pudiéndose adquirir compromisos de carácter plurianual en las condiciones previstas en el artículo 39 de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma y normas de desarrollo.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:
a) Asistencia y participación en ferias agroalimentarias.
b) Organización de ferias agroalimentarias.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos:
- Para la asistencia y participación en ferias agroalimentarias:
a) Canon de ocupación.
b) Acondicionamiento.
c) Transporte de material.
d) Desplazamiento, alojamiento y manutención de dos personas por empresa o entidad.
- Para la organización de ferias agroalimentarias:
a) Acondicionamiento del recinto.
b) Material de información y difusión.
c) Jornadas técnicas.
Para la obtención de las ayudas contempladas en este apartado, al menos el 50% de los expositores deberán tener carácter agroalimentario.