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IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE CALIDAD

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19 de Enero de 2006
Objetivo: 

Fomentar la implantación de sistemas de aseguramiento y certificación de calidad industrial en las empresas agroalimentarias.

Concepto: 

Actuaciones subvencionables:

Proyectos de prestación de servicios de asesoramiento, equipamiento y control externo dirigidos a la implantación de sistemas de calidad industrial.

Gastos subvencionables:

a) Los gastos por contratación de consultores externos para la elaboración e implantación de procedimientos operativos de calidad.

b) Inversiones destinadas a la implantación de parámetros de calidad, tales como programas informáticos y equipos de control de calidad.

c) Gastos derivados de la Certificación del Sistema de Calidad.

Beneficiario: 

Las empresas agroalimentarias individuales, o sus agrupaciones, que asuman las actividades de implantación de sistemas de calidad industrial y sean responsables finales de la financiación de las mismas.

Periodo: 

Desde el 1 de febrero al 31 de octubre de 2005

Importe: 

1. Las ayudas para la implantación de sistemas de calidad industrial consistirán en una subvención a la inversión.

2. Las ayudas totales que se concedan no podrán sobrepasar la cantidad de 100.000 euros por beneficiario en un periodo de tres años o, tratándose de empresas que respondan a la definición de pequeñas y medianas empresas de la Comisión Europea, no podrán sobrepasar el 50% de los gastos subvencionadles, según cual sea la cifra más favorable.

3. Las ayudas podrán ser compatibles con otras para la misma finalidad siempre que el conjunto de todas las concedidas para un mismo proyecto no sobrepase los límites establecidos en el apartado anterior.

Solicitud: 

Anualmente se realizará la convocatoria pública, a no ser que en dicha convocatoria anual se disponga lo contrario el plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día 1 de febrero hasta el día 31 de octubre de cada año natural, siendo el 30 de junio de 2006 la última fecha de recepción de solicitudes.

Anualmente se hará una convocatoria pública.

Las solicitudes irán dirigidas al titular de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria y se presentarán, preferentemente, en la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca de la provincia.

DOCUMENTACIÓN.

a) DNI

b) CIF razón social y escritura de constitución y estatutos.

c) Declaración responsable del solicitante si ha solicitado o no y, en su caso, si le han sido concedidas ayudas para la misma finalidad.

d) Declaración responsable de que las actuaciones no han comenzado antes de la entrada de la solicitud en la Delegación Provincial.

e) Declaración responsable de encontrarse el beneficiario al corriente de susu obligaciones fiscales.

Viernes, 29 de Marzo de 2024
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