- Indemnizaciones por daños en producciones agrícolas.
Para determinar la cuantía de la indemnización que pueda corresponder a cada asegurado se aplicará una franquicia absoluta del 20 por ciento y una cobertura máxima del 80 por ciento de los daños ocasionados.
- Préstamos de mediación ICO y bonificación de intereses.
Plazo: Cinco años, incluido uno de carencia para el pago del principal.
Intereses: El tipo de cesión del ICO a las entidades financieras colaboradoras será del 1,25 por ciento TAE, con un margen máximo de intermediación para éstas del 0,75 por ciento. En consecuencia, el tipo final máximo para el prestatario será del 2,00 por ciento TAE.
Importe máximos de los préstamos: se establece en 80.000,00 euros por explotación.
- Ayudas para reposición de cultivos afectados.
El importe de la ayuda será de hasta el 60 por ciento
de la inversión justificada en la adquisición de los plantones/plántulas o cultivos que se replanten o se hayan replantado, pudiendo llegar hasta el 70 por ciento en aquellas explotaciones que tengan pólizas en vigor o hayan estado aseguradas para ese cultivo en la campaña anterior en el marco del Plan de Seguros Agrarios.