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MEDIDAS PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS EN EL SECTOR AGRARIO POR LAS HELADAS DE LOS MESES DE ENERO A MARZO DE 2005.

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21 de Noviembre de 2005
Objetivo: 

Establecimiento de medidas destinadas a paliar los daños ocasionados por las heladas acaecidas en el mes de enero, febrero y marzo de 2005, en las explotaciones agrarias ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma Andalucía, con un nivel de pérdidas de producción bruta de al menos, un 20 por ciento en zonas desfavorecidas, y un 30 por ciento en las demás zonas.

Concepto: 

Las medidas que se contemplan se enmarcan dentro de las ayudas a compensar a los agricultores por pérdidas debidas a condiciones climáticas adversas y son, fundamentalmente, de 3 tipos:

- Indemnización de daños en producciones agrícolas.

- Préstamos de mediación ICO y bonificación de inte-reses.

- Ayudas para reposición de cultivos afectados.

Beneficiario: 

Titulares de explotaciones que hallan sufrido daños por heladas.

Periodo: 

Por ORDEN TAS/3594/2005, se amplía el plazo hasta el 31 de diciembre de 2005.

Importe: 

- Indemnizaciones por daños en producciones agrícolas.
Para determinar la cuantía de la indemnización que pueda corresponder a cada asegurado se aplicará una franquicia absoluta del 20 por ciento y una cobertura máxima del 80 por ciento de los daños ocasionados.

- Préstamos de mediación ICO y bonificación de intereses.

Plazo: Cinco años, incluido uno de carencia para el pago del principal.

Intereses: El tipo de cesión del ICO a las entidades financieras colaboradoras será del 1,25 por ciento TAE, con un margen máximo de intermediación para éstas del 0,75 por ciento. En consecuencia, el tipo final máximo para el prestatario será del 2,00 por ciento TAE.

Importe máximos de los préstamos: se establece en 80.000,00 euros por explotación.

- Ayudas para reposición de cultivos afectados.

El importe de la ayuda será de hasta el 60 por ciento

de la inversión justificada en la adquisición de los plantones/plántulas o cultivos que se replanten o se hayan replantado, pudiendo llegar hasta el 70 por ciento en aquellas explotaciones que tengan pólizas en vigor o hayan estado aseguradas para ese cultivo en la campaña anterior en el marco del Plan de Seguros Agrarios.

Solicitud: 

- La solicitud de ayuda, cumplimentada en el modelo que para cada modalidad se establece, se presentará en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (publicado 09/06/2005).

- Por la ORDEN de 1 de julio de 2005, se establece un nuevo plazo de presentación de solicitudes de ayuda El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOJA. Del 9/7/2005 al 19/7/2005.

Jueves, 2 de Mayo de 2024
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