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PLAN DE RECUPERACIÓN PARA EL VORAZ (PAGELLUS BOGARAVEO) EN EL LITORAL ANDALUZ.

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3 de Enero de 2005
Objetivo: 

Continuación de las medidas que durante los años 1999, 2000 y 2001 se han venido aplicando en la zona del Estrecho de Gibraltar para la recuperación del voraz (Pagellus bogaraveo) y dirigidas a la flota que, en esa zona, opera con el arte de voracera de acuerdo pon la Orden del MAPA de 17 de junio de 1998 y Resoluciones de la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Junta de Andalucía de 20 de septiembre de 1999 y de 3 de noviembre de 2000.

Concepto: 

Ayudas a la paralización temporal contemplada con la aprobación del Plan de Recuperación del voraz (Pagellus bogaraveo) en el litoral andaluz y ordenación de la flota andaluza que opera con el arte de voracera en la zona del estrecho de Gibraltar para el período 2003-2005.

Beneficiario: 

Armadores y tripulantes de las embarcaciones relacionadas en la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 20 de diciembre de 2002, por la que se establece un Plan de Pesca para la pesca del voraz en determinadas zonas del Estrecho de Gibraltar, y que las mismas tengan su puerto base oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Los armadores de las embarcaciones, así como las Cofradías de Pescadores y Asociaciones de Armadores, estarán obligadas al cumplimiento de las medidas que se establecen tanto en el Plan de Recuperación para el voraz (Pagellus bogaraveo) en el litoral andaluz y ordenación de la flota andaluza que opera con el arte de voracera en la zona del estrecho.

Periodo: 

Convocatoria anual. Para el año 2005, el plazo de presentación de solicitudes comienza 04 de enero y finaliza el 31 de octubre de 2005.

Importe: 

Ayudas a armadores: Según baremo, se garantiza un mínimo de 80 euros por día de pesca de parada.

Ayuda a tripulantes: a aquellos que no puedan acceder al desempleo durante la parada:

-Técnicos: 22,52 euros por día.

-Tripulantes: 16,07 euros por día.

Solicitud: 

Las entidades colaboradoras (cofradías de pescadores, asociaciones de armadores y sus federaciones y organización de productores pesqueros) recabarán las solicitudes y las entregarán en las Delegaciones de la Consejería de Agricultura y Pesca afectadas.

Vigencia: Desde el 1 de Enero de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2005.

Jueves, 28 de Marzo de 2024
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