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RÉGIMEN TEMPORAL DE AYUDAS AL SECTOR AGRARIO, PARA EL MANTENIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA ACTIVIDAD AGRARIA, ACOGIDAS AL RÉGIMEN DE «MINIMIS».

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14 de Marzo de 2005
Objetivo: 

Contribuir al mantenimiento de la competitividad del sector, paliando la incidencia del sobrecoste del gasóleo agrícola en los resultados económicos de las explotaciones agrarias.

Periodo: 

Solicitudes deberán presentarse antes del 15 de marzo de 2005.

Importe: 

Subvención directa de 0,06 euros por litro de gasóleo B de uso agrícola, justificado con facturas o con cheques gasóleo bonificado.

La financiación de las ayudas previstas en la presente disposición se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 21.01.411M.770 «Apoyo financiero por daños ocasionados por la sequía y otras causas extraordinarias» de losPresupuestos Generales 2005.

Solicitud: 

Las solicitudes de ayudas, que deberÅn ajustarse a lo dispuesto en la Orden APA 4398/2004 de 30 de diciembre, deberán presentarse antes del 1 de marzo de 2005.

Domingo, 28 de Abril de 2024
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