Subvenciones para el pequeño comercio en desarrollo del programa de modernización de las pequeñas y medianas empresas comerciales del Plan Integral de Fomento del Comercio Interior de Andalucía.
Pequeños comerciantes, ya sean persona física o jurídica, establecidos en la Comunidad Autónoma Andaluza, que no superen cinco trabajadores en la totalidad de sus centros.
Plazo 1 al 31 de enero de cada año.
La cuantía de la subvención no podrá exceder del 50% del total de la inversión prevista en el proyecto subvencionable.
PLAZO:
Desde el 1 al 31 de enero de cada año.
INFORMACIÓN:
Las solicitudes se podrán presentar en los registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, y también en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/1992.
ORDEN de 17 de enero de 2000, (B.O.J.A. nº 21 de 19 de febrero de 2000).
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