La Administración General del Estado concederá subvenciones al pago de las primas, a los asegurados que suscriban estos seguros.
Las pólizas y tarifas correspondientes a estos seguros únicamente podrán suscribirse a través de las entidades integradas en el cuadro de coaseguro de la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, Sociedad Anónima.
La orden detalla aspectos de:
Cobertura: todas las variedades de judía verde susceptible de recolección (agrupadas en VI clases) dentro del período de garantía y siempre que se trate de cultivo al aire libre y en determinadas localidades que cumplan unas determinadas ¿modalidades¿ (ciclo temprano, normal y tardío).
Ámbito de aplicación: parcelas que se encuentren situadas en las comarcas y provincias relacionadas en el anexo
Periodo de garantía: se inicia con la toma de efecto nunca antes de la nascencia normal (primera hoja verdadera visible) y finalizarán con la recolección, teniendo como fechas límites las establecidas en el anexo.
Se disponen en el anexo las provincias, los ámbitos de aplicación, límite de garantías, riesgos, fin de suscripción.