En la normativa se establecen:
1.-Los requisitos para la comercialización de los materiales de reproducción, y las excepciones posibles, además de los sanitarios y de calidad.
2.-Los requisitos para proveedores de materiales de reproducción e inscripción en el registro oficial de proveedores.
3.-Aspectos sobre la comercialización, (lotes, etiquetado, y variedades).
4.-Acerca de materiales elaborados en terceros países
5.-Medidas de control sobre proveedores, medidas provisionales e infracciones y poscontrol.
6.-Determinadas exenciones y obligaciones informativas.