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Marisqueo en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía

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5 de Marzo de 2015
Objeto: 

El presente Decreto tiene por objeto la regulación de la actividad de marisqueo en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Concepto: 

Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Modalidades de actividad de marisqueo.
Artículo 4. Condiciones para el ejercicio de la actividad.
Artículo 5. Requisitos para la obtención del carné y de la licencia de marisqueo.
Artículo 6. Vigencia y renovación del carné y licencias de marisqueo.
Artículo 7. Convocatorias para el carné de marisqueo a pie y licencia de marisqueo en inmersión.
Artículo 8. Resolución de las convocatorias.
Artículo 9. Licencia de marisqueo con fines productivos y desde embarcación.
Artículo 10. Tramitación telemática y modelos de solicitud.
Artículo 11. Zonas de producción y especies autorizadas.
Artículo 12. Jornadas y horarios.
Artículo 13. Artes, útiles de marisqueo y embarcaciones autorizadas.
Artículo 14. Planes de marisqueo.
Artículo 15. Limitaciones.
Artículo 16. Control de la actividad marisquera.
Artículo 17. Potestad sancionadora.
Artículo 18. Infracciones.
Artículo 19. Sanciones.

Martes, 19 de Marzo de 2024
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