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Reordenación del sector público en relación con las medidas para la dinamización del patrimonio agrario de Andalucía

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18 de Abril de 2011
Objeto: 

El  objeto  de  la  presente  Orden  es  el  desarrollo  del  Decreto-Ley 6/2010, de 23 de noviembre, de medidas complementarias del Decreto 5/2010, de 27 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en  materia de reordenación del sector público, respecto de lo siguiente:

1. Establecer los requisitos para la justificación como personas agricultoras a los efectos previstos en el apartado 5 del artículo 26.

2. Establecer la modulación de los criterios de reducción del valor de enajenación de lotes, previsto en el artículo 28.

3. Fijar el texto que obligatoriamente habrá de incluirse
en el Título de Dominio que se entregue a los adquirentes, en concepto de condición resolutoria prevista  en el artículo 29.

4.  Establecer  el  plazo  previsto  en  el  artículo  34.2  para solicitar la enajenación a las personas arrendatarias históricas de bienes del Instituto Andaluz de Reforma Agraria (IARA en adelante).

5. Establecer las condiciones aplicables a los reintegros del precio aplazado en las enajenaciones de bienes que se acojan a lo dispuesto en la Disposición adicional novena.

Lunes, 6 de Mayo de 2024
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