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La Tesorería de la Seguridad Social compensará a los trabajadores afectados por "E. coli"

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22 de Noviembre de 2011
Redacción

Los beneficiarios serán aquellas personas trabajadoras que hayan tenido una relación laboral en el año inmediatamente anterior con una empresa afectada.

La Tesorería General de la Seguridad Social suscribirá un convenio especial con los trabajadores que, como consecuencia de la crisis en el sector agroalimentario provocada por el brote de "E.coli", hayan visto disminuida su actividad laboral en las empresas afectadas.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado sábado, 19 de noviembre, el Real Decreto-ley 18/2011 -que entró en vigor ese mismo día- que establece medidas de Seguridad Social para los trabajadores afectados por la llamada "crisis del pepino".

Los beneficiarios serán aquellas personas trabajadoras que hayan tenido una relación laboral en el año inmediatamente anterior con una empresa del sector agroalimentario de entre las afectadas en sus procesos productivos por el "E. coli".

También las que puedan acreditar la situación de inactividad en una empresa afectada durante el periodo de mayo a julio de 2011.

Las medidas de Seguridad Social se financiarán con cargo a los presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal y se consignará crédito adecuado en el presupuesto de gastos de este organismo en los ejercicios 2012, 2013 y 2014.

El Real Decreto-ley del sábado recuerda que la crisis de la bacteria "E. coli" y la intoxicación alimentaria en Alemania motivaron ayudas institucionales a las empresas del sector agrícola español afectadas por los primeros informes que apuntaban a los productos del campo español como posible causa de la enfermedad.

Aunque esta causa fue descartada posteriormente, "el daño a las personas productoras y trabajadoras ya había perjudicado sensiblemente al sector agrícola", recuerda la norma.

Las ayudas aprobadas por la Comisión Europea tuvieron como destinatarias a las empresas, sin embargo, las personas trabajadoras no fueron protegidos por dicha contingencia.

El Real Decreto-Ley aprueba medidas para compensar a los trabajadores por la disminución de la cotización a la Seguridad Social, producida como consecuencia de la no realización de las jornadas de trabajo agrícolas.

Para ello se suscribe un Convenio Especial con la Tesorería General de la Seguridad Social, que se financiará con cargo a los presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal.

Domingo, 30 de Junio de 2024
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