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Agricultura aprueba los nuevos reglamentos de las denominaciones vínicas

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24 de Diciembre de 2011
Consejería de Agricultura y Pesca
Agricultura aprueba los nuevos reglamentos de las denominaciones vínicas
Agricultura aprueba los nuevos reglamentos de las denominaciones vínicas

En total entran en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), la normativa específica relativa a las 24 denominaciones vínicas andaluzas.

La Consejería de Agricultura y Pesca ha aprobado los reglamentos y pliegos de condiciones de las denominaciones de calidad vínicas preexistentes a la entrada en vigor de la actual OCM del sector, culminando así el necesario proceso de adaptación de las mismas a los requisitos que actualmente exige la Comisión Europea. Con esta normativa que regula el mercado surge una nueva exigencia para las denominaciones de calidad que amparan vinos, ya que ahora deben contar con un pliego de condiciones adaptado a la reglamentación europea en el que se detallan las características y los requisitos de elaboración exigidos para cada uno de sus vinos.

En total entran en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), la normativa específica relativa a las 24 denominaciones vínicas andaluzas, entre las que se encuentran 6 Denominaciones de Origen (DO), 2 Vinos de Calidad y 16 Vinos de la Tierra, menciones que ya cuentan con protección a nivel europeo al estar incluidas en el registro comunitario de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de vinos. En el caso de las Denominaciones de Origen, su normativa específica incluye el reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador en el que se establece la representatividad de los productores y elaboradores de las distintas denominaciones que gestionan, tanto vínicas como de otros productos como vinagre o vino aromatizado.

Por provincias, el BOJA recoge los reglamentos de las DO onubenses ‘Condado de Huelva’ y ‘Vino Naranja del Condado de Huelva’; la DO ‘Montilla-Moriles’ y los Vinos de la Tierra ‘Córdoba’ y ‘Villaviciosa de Córdoba’ en el caso de la provincia de Córdoba; y la normativa de las Denominaciones de Origen ‘Málaga’ y ‘Sierras de Málaga’.

Además, también se han aprobado los reglamentos y pliegos de condiciones de las Denominaciones de Origen gaditanas ‘Jerez-Xérès-Sherry’ y ‘Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda’, y del Vino de la Tierra ‘Cádiz’.

En lo referido a Granada, la documentación incluida en el Boletín es relativa a los Vinos de la Tierra ‘Altiplano de Sierra Nevada’, ‘Cumbres del Guadalfeo’ y ‘Laderas del Genil’.

Por otra parte, el BOJA recoge también los reglamentos y pliegos de condiciones de todos los Vinos de la Tierra de la provincia de Jaén -‘Bailén’, ‘Sierra Sur de Jaén’ y ‘Torreperogil’-, los almerienses ‘Desierto de Almería’, ‘Norte de Almería’, ‘Ribera del Andarax’, ‘Laujar-Alpujarra’ y ‘Sierras de Las Estancias y Los Filabres’; y, por últimos, los sevillanos ‘Los Palacios’ y ‘Sierra Norte de Sevilla’.

La normativa publicada supone un avance muy significativo en la mejor caracterización de los vinos andaluces de cara a la certificación de estos productos y, por tanto, aportará mayores garantías a los consumidores que apuesten por los vinos amparados por menciones de calidad.

Miércoles, 17 de Julio de 2024
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