Comprendido en el Plan Anual 2011 de Seguros Agrarios Combinados.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha
publicado las nuevas condiciones del seguro para la cobertura de los
gastos derivados de la retirada y destrucción de animales bovinos
muertos en la explotación, comprendido en el Plan Anual 2011 de Seguros
Agrarios Combinados.
Se trata de la Orden ARM/3416/2011, de 2
de diciembre, por la que se modifica la Orden ARM/1387/2011, de 18 de
mayo, por la que se definen las explotaciones de ganado asegurables, las
condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación,
el periodo de garantía, las fechas de suscripción y el valor unitario de
los animales.
El ámbito de aplicación lo constituyen las
explotaciones de ganado vacuno situadas en las comunidades autónomas de
Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Baleares, Canarias,
Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura,
Galicia, Madrid, Murcia, Navarra y Valencia.
No obstante, la
norma recoge comarcas, municipios o pedanías declaradas como "zonas
remotas" a efectos de la eliminación de ciertos subproductos animales no
destinados a consumo humano generados en las explotaciones ganaderas.
La Orden, que recoge los valores unitarios a efectos del cálculo del
capital asegurado, detalla que el período de suscripción del seguro se
iniciará el 1 de junio de 2011 y finalizará el 31 de mayo de 2012,
excepto para la Comunidad autónoma de Cantabria.
En esta
última se iniciará el 1 de enero de 2012 y finalizará el 31 de mayo de
2012, según señala esta norma, que entrará en vigor mañana.