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Las explotaciones de equino podrán asegurarse a partir del 1 de febrero

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31 de Enero de 2012
Redacción

Los ganaderos podrán solicitar a partir del próximo 1 de febrero y hasta el 31 de diciembre de este año.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado las condiciones para la suscripción del seguro de explotación de ganado equino comprendido en el Plan 2012 de Seguros Agrario Combinados, que los ganaderos podrán solicitar a partir del próximo 1 de febrero y hasta el 31 de diciembre de este año.

El Boletín, en su edición del sábado, detalla las explotaciones, y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, los precios, fechas de suscripción y el periodo de garantía.

Podrán acogerse a este seguro las explotaciones que tengan asignado un código de explotación en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) y cumplan con lo establecido en la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal.

En el caso de las explotaciones de caballos de Razas Puras de Mediano Formato serán asegurables, aquellas destinadas a su reproducción y recría en pureza.

La identificación de las explotaciones aseguradas se realizará mediante los códigos nacionales asignados por el REGA y el titular del seguro será el titular de la explotación.

Por el contrario, no tendrán derecho a ser indemnizado, ningún animal que, aún estando identificado individualmente, no figure en la base de datos informatizada contenida en la base de datos del Sistema Integral de Trazabilidad Animal (Sitran) y en el libro de explotación.

Del mismo modo, no se podrán suscribir seguros para las explotaciones de tratantes u operadores comerciales, las de sementales destinados a inseminación artificial, las de reproducción de carne (pesadas, semi-pesadas y resto) con animales, no sementales, estabulados permanentemente, ni las de animales destinados a competiciones deportivas, recreo, silla, tiro y labores agrícolas.

La entrada en vigor del seguro comenzará al día siguiente del pago de la póliza, y finalizará a las cero horas del día en que se cumpla un año desde la fecha de entrada en vigor, y, en todo caso, con la baja del animal en el Sistema Integral de Trazabilidad Animal (Sitran).

Viernes, 29 de Marzo de 2024
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