Ayudas
Promover la organización y asistencia a ferias agroalimentarias.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Mediante la presente orden se realiza la convocatoria para el año 2007 de las ayudas correspondientes a las Secciones, Programas, Subprogramas y Acciones Estratégicas que se enuncian a continuación siguiendo la relación establecida en el apartado segundo.2 de la Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo de 2005, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación tecnológica (I+D+I 2004-2007) en la parte dedicada al Fomento de la Investigación Técnica, publicada en el Boletín Oficial del Estado n.º 67 de fecha 19
El plazo para la presentación será de un mes contado desde el día siguiente alde la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado». (Fecha de publicación 21 de marzo de 2007)
-
Establecer, en régimen de concurrencia competitiva, las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a propietarios de animales de razas puras equinas participantes en las Pruebas de Selección de Caballos Jóvenes.
Las actividades que serán objeto de financiación habrán de realizarse de acuerdo con el calendario de Pruebas de Selección de Caballos Jóvenes previsto para cada año. Para el 2007, dos meses a partir de 09/03/2007.
Utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente y la conservación del espacio natural, para aquellas personas beneficiarias de las mismas con compromisos agroambientales en vigor.
-
-
-
Se establece el método de cálculo de las ayudas otrogadas por los Estados miembros a las organizaciones de productores del sector de la pesca y la acuicultura.
Este real decreto tiene por objeto regular, a los efectos de lo dispuesto en el capítulo 3 del título II del Reglamento (CE) n.º 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre, el establecimiento y las condiciones que han de cumplir los servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias, en lo sucesivo servicios de asesoramiento, así como el reconocimiento de aquellas entidades privadas que presten estos servicios de asesoramiento.