Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
Mediante el presente Real Decreto se aprueba la norma de calidad para la cuajada elaborada en España.
Este real decreto se aplica sin perjuicio de las normas sanitarias y otras disposiciones específicas que afecten a la producción y comercialización de la cuajada.
Se aprueban los planes y los planes modificados de autorización de granjas para el comercio intracomunitario de aves de corral y huevos para incubar presentados por los Estados miembros
Condiciones para el comercio de animales sensibles a la aftosa.
La última Decisión tiene por objeto establecer medidas transitorias para reforzar el control de los movimientos de animales de especies sensibles a la fiebre aftosa.
La presente disposición presenta un carácter eminentemente técnico y se dicta al amparo de la disposición final primera del Real Decreto 1133/2002, de 31 de octubre, por el que se regula en el ámbito de las razas equinas el régimen jurídico de los libros genealógicos, las asociaciones de criadores y las características zootécnicas de las distintas razas.
La presente Orden ministerial tiene por objeto establecer las condiciones zootécnicas del libro genealógico del Caballo de Deporte Español.
Se autoriza a la entidad Agrocolor S.L. par aactuar como entidad certificadora de la Mención Vino de la Tierra de Córdoba.
Los vinos originarios de la zona vitícola de la provincia de Córdoba, que se ajusten a los requisitos definidos en el Anexo de la Orden y que cumplan las condiciones establecidas en la disposición y en el Pliego de Condiciones aprobado, podrán utilizar la mención ¿Vino de la Tierra de Córdoba¿.
Para poder utilizar la mención ¿Vino de la Tierra de Córdoba¿ los vinos deberán estar certificados por un Organismo de Certificación debidamente autorizado por la Consejería de Agricultura y Pesca.
Estabilizar los precios y garantizar un nivel de vida equitativo a los agricultores, y en él se fijan disposiciones sobre los intercambios comerciales con terceros países.
CAPITULO I G E N E R A L I D A D E S
CAPITULO II DE LA PRODUCCION
CAPITULO III DE LA ELABORACION
CAPITULO IV LAS CARACTERISTICAS DE LAS PASAS
CAPITULO V R E G I S T R O S
CAPITULO VI DERECHOS Y OBLIGACIONES
CAPITULO VII DEL CONSEJO REGULADOR
CAPITULO VIII DE LAS INFRACCIONES, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS
Se establecen disposiciones en cuanto al régimen de intervención y retiradas del mercado de frutas y hortalizas.