Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
En el marco de sus competencias, los objetivos de la O.I.V., son:
a) indicar a sus miembros las medidas que permitan tener en cuenta las preocupaciones de los productores, consumidores y demás actores del sector vitivinícola.
b) asistir a las otras organizaciones internacionales intergubernamentales y no gubernamentales, en particular a las que tienen actividades normativas.
c) contribuir a la armonización internacional de las prácticas y normas existentes y, cuando sea necesario, a la elaboración de nuevas normas internacionales a fin de mejorar las condiciones de elaboración y comercialización de los productos vitivinícolas, tomando en cuenta los intereses de los consumidores.
Establecer las normas de comercialización de los kiwis del código NC
0810 50. Dichas normas se aplicarán en todas las fases de la comercialización con arreglo a las condiciones dispuestas por el Reglamento (CE) no 2200/96.
Se otorga autorización a esa entidad para actuar como entidad privada de control, para la aplicación del sistema de control de la agricultura ecológica y la certificación de productos agrícolas vegetales contemplados en las letras a y b del artículo 1.1 del Reglamento (CEE) núm. 2092/1991 del Consejo, de 24 de junio de 1991, en Andalucía.
La entidad deberá solicitar la acreditación ante la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC)
Los Estados miembros sólo permitirán la primera comercialización de los productos contemplados en el artículo 1 si la remesa viene acompañada de un informe analítico original basado en un método adecuado y validado para la detección específica del arroz modificado genéticamente LL RICE 601 y emitido por un laboratorio acreditado, en el que se demuestre que el producto no contiene arroz modificado genéticamente LL RICE 601.
Los Estados miembros suspenderán la importación del
territorio de determinados paises asiaticos de productos relacionados con la gripe aviar.
Establece las condiciones básicas para la valoración genética de los équidos a través de los esquemas de selección y planes de mejora, así como las característcas de los controles de rendimientos en las diversas razas.
Control de la comercialización de la pesca en destino por parte de la Inspección pesquera.
Se ordena la vacunación de emergencia de animales adultos de las especies ovina y caprina como herramienta sanitaria de probada eficacia para cortar la excreción brucelar en animales enfermos en determinados municipios y comarcas.