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Normativas de Agricultura

Normativas de Agricultura

14-12-2009
Objeto:

Los Reglamentos de Inscripción de Variedades en el Registro de Variedades Comerciales para diversas especies, aprobados por diferentes Ordenes ministeriales, establecen que los caracteres a observar en los ensayos de identificación los determinará la Oficina Española de Variedades Vegetales, indicándose también las condiciones específicas y la metodología para la realización de estos ensayos señalando, a su vez, los ensayos precisos para la determinación del valor agronómico o de utilización, en las especies en que es preceptiva esta evaluación para la inscripción en el Registro de Variedades Comerciales de las variedades de dichas especies.

12-11-2009
Objeto:

Es finalidad de esta Ley el establecimiento de un régimen jurídico especial para el Parque Nacional de Doñana y su reclasificación como tal, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 15/1975, de 2 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos. 2. Dicho régimen jurídico especial se orienta a proteger la integridad de la gea, fauna, flora, aguas y atmósfera y en definitiva del conjunto de los ecosistemas del Parque Nacional de Doñana, así como sus valores histórico-artísticos, y a promover la investigación y la utilización en orden a la enseñanza y disfrute del Parque Nacional, en razón de su interés educativo, científico, cultural, recreativo, turístico y socioeconómico. Las medidas de conservación se extienden asimismo a las aguas subterráneas y al mar litoral, salvaguardando las competencias del Ministerio de Defensa y especialmente las que se contemplan en la Ley de Costas, de 26 de abril de 1969.

25-10-2009
Objeto:

Los Reglamentos Específicos contienen la información básica para realizar la Producción Integrada en un determinado cultivo, dentro de una Agrupación de Producción Integrada (API´s). Están formados por dos partes fundamentales, la primera contempla las prácticas agronómicas y la segunda las estrategias de Control Integrado.

Incluye además dos cuadros con ¿Coeficientes de cultivo¿ y ¿Niveles de micro y macronutrientes orientativos en hojas de melón¿.

22-10-2009
Objeto:

Esta OCM regula los aspectos concernientes a la transformación y comercialización de productos procesados a base de frutas y hortalizas bajo diferentes formas de preparación o conservación (cocción, congelado, salmuera, gas sulfuroso, encurtido, desecado, deshidratado, confitado, etc.), así como mermeladas, purés y jugos o zumos de las mismas (a excepción de los de uva), con o sin adición de azúcares.

30-09-2009
Objeto:

Se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA).

16-09-2009
Objeto:

Se prohíbe la pesca de bacalao en aguas de las zonas CIEM I y II b, efectuada por buques que enarbolan pabellón de España o están registrados en dicho país, así como el mantenimiento a bordo, el transbordo o el desembarque de peces de esta población capturados por los buques mencionados, a partir de la fecha de aplicación del presente Reglamento.

16-09-2009
Objeto:

El objeto del presente regalamento es definir las normas aplicables a los productos lácteos en el momento de su comercialización.

16-09-2009
Objeto:

Armonizar las legislaciones relativas a los materiales y objetos de película de celulosa regenerada destinados a entrar en contacto con productos alimenticios

16-09-2009
Objeto:

Se permitirá la comercialización en la Comunidad de semillas de soja (Glycine max) que no satisfacen los requisitos mínimos relativos a la capacidad germinativa previstos en la Directiva 2002/57/CE, por un período que expira el 15 de junio de 2005, en los términos definidos en el anexo de la presente Decisión y siempre que:

a) la capacidad germinativa no sea inferior a la establecida en el anexo de la presente Decisión;

b) la etiqueta oficial indique la germinación comprobada en el examen oficial efectuado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letras f) y g), de la Directiva 2002/57/CE;

c) las semillas hayan sido puestas por primera vez en el mercado de conformidad con el artículo 2 de la presente Decisión.

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Domingo, 30 de Junio de 2024
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