Normativas
Normativas
El presente Decreto tiene por objeto regular, en desarrollo de la Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina, la autorización de actividad de los centros de expedición y de depuración de los moluscos bivalvos vivos y el régimen de comercialización en origen de dichos moluscos, así como crear el Registro Oficial de Centros de Expedición y de Depuración de Moluscos Bivalvos Vivos de Andalucía.
Lo dispuesto en el presente Decreto será de aplicación, además de a los moluscos bivalvos vivos, a los moluscos gasterópodos, equinodermos marinos, tunicados y otros invertebrados marinos vivos susceptibles de comercialización para consumo humano.
Se homologa, según el régimen establecido por la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, el contrato-tipo de compraventa de leche de vaca con destino a su transformación en leche y productos lácteos, durante el periodo de tasa láctea 2010/2011, cuyo texto figura en el anexo de esta Orden.
El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será el de un año a partir de la publicación de la presente Orden.
Establecen las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro Seguro de Explotación de Frutales.
En la orden se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro combinado y de daños excepcionales en frutales: albaricoque, ciruela, manzana de mesa, melocotón y pera, que cubre los riesgos de helada, pedrisco e inundación lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales.
Se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro combinado y de daños excepcionales en membrillo, comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados.
Se establece el siguiente horario de entrada y salida de puerto para el ejercicio de la actividad pesquera de arrastre en el Golfo de Cádiz durante el periodo de vigencia del plan de pesca establecido en la Orden 2457/2010, de 21 de septiembre, por la que se establece un plan de pesca para la pesquería de arrastre de fondo en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz:
1. Del 25 de septiembre al 31 de diciembre, ambos inclusive:
a) De lunes a viernes desde las 04,00 horas a las 19,00 horas.
2. Del 1 de enero al 30 de abril, ambos inclusive:
a) De lunes a jueves desde las 03,00 horas a las 21 horas.
b) El viernes desde las 03,00 horas a las 19,00 horas.
3. Del 1 de mayo al 31 de agosto, ambos inclusive:
a) De lunes a jueves en horario continuado desde las 03,00 horas del lunes a las 21,00 horas del jueves.
4. Del 1 al 24 de septiembre, ambos inclusive:
a) De lunes a jueves desde las 03,00 horas del lunes a las 21,00 horas.
b) El viernes desde las 03,00 horas a las 19,00 horas.
Incluir en el Inventario nacional de zonas húmedas de los siguientes 117 humedales de la Comunidad de Andalucía.
Establecer los límites máximos de residuos fijados para las sustancias activas provenientes de plaguicidas sobre y en los productos de origen animal y vegetal.
Mediante este Real Decreto 929/1995 se completa la transposición de la Directiva 92/34/CEE y se transponen en su integridad las Directivas 93/48/CEE, 93/64/CEE y 93/79/CEE (materiales de multiplicación de frutales y plantones, vigilancia y control de proveedores y establecimientos; y listas de variedades de materiales de multiplicación de frutales y de plantones de frutal elaboradas por proveedores).
Su finalidad es disponer de una herramienta de gestión de los SANDACH adecuada a las particularidades territoriales y administrativas de España, en cumplimiento de la normativa vigente, de manera que se garantice la protección de la salud pública, la sanidad animal y el medio ambiente, sin menoscabo de la actividad económica de los sectores implicados.