Ayudas de Pesca y Acuicultura
Bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de indemnizaciones a armadores como consecuencia de la paralización de la flota que faena en aguas de la República de Angola. Las indemnizaciones concedidas a los armadores son incompatibles con el ejercicio de la actividad profesional en otras modalidades de pesca.
El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses desde el inicio de la parada.
Ayudas para acciones relativas a la promoción y búsqueda de nuevas salidas comerciales de los productos de la pesca y de la acuicultura, cuando éstas sean promovidas por varios interesados, radicados en más de una Comunidad Autónoma, o se trate de acciones cuyo ámbito de promoción sea el territorio nacional.
General:
La finalidad de las ayudas es la promoción de alternativas a la pesca y el trabajo a bordo de los barcos que han faenado en el caladero de Marruecos, una vez agotadas las ayudas por el amarre temporal de la flota, instrumentadas hasta el mes de diciembre de 2001.
Específicos:
Promover la realización de inversiones de modernización.
Las acciones objeto de ayudas deberán estar realizadas y justificada el día 30 de octubre de 2004.
La concesión de indemnizaciones a armadores y tripulantes, como consecuencia de la paralización temporal de la flota que se dedica a la pesca del voraz, con el arte de voracera, en las aguas exteriores de la zona del Estrecho de Gibraltar.
Dichas ayudas se otorgarán durante el periodo comprendido entre los años 2004 y 2005, y por el periodo comprendido desde el 15 de enero hasta el 31 de marzo, ambos inclusive.
Un mes desde la publicación de la presente Orden, para las indemnizaciones correspondientes a la parada efectuada en el año 2004, y de un mes desde la finalización del periodo de parada, para la presentación de solicitudes correspondientes al año 2005.
General:
La finalidad de las ayudas es la promoción de alternativas a la pesca y el trabajo a bordo de los barcos que han faenado en el caladero de Marruecos, una vez agotadas las ayudas por el amarre temporal de la flota, instrumentadas hasta el mes de diciembre de 2001.
Específicos:
Compensar a los armadores que destinan sus buques a paralización definitiva.
Las acciones objeto de ayudas deberán estar realizadas y justificadas el día 30 de octubre de 2004.
La finalidad de las ayudas es la promoción de alternativas a la pesca y el trabajo a bordo de los barcos que han faenado en el caladero de Marruecos, una vez agotadas las ayudas por el amarre temporal de la flota instrumentadas hasta el mes de diciembre de 2001.
Las acciones objeto de ayuda deberán estar realizadas y justificadas el día 31 de octubre como fecha límite. Se establece para el año 2004 un plazo de 2 meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la Orden de 5 de marzo de 2004.
Conceder una compensación financiera a las organizaciones de productores que retiren del mercado determinados productos de la pesca, recogidos en el Reglamento (CE) 104/2000 del Consejo, al objeto de favorecer al máximo la estabilización del mercado de los citados productos.
Campaña 2004
La finalidad de las ayudas es la promoción de alternativas a la pesca y el trabajo a bordo de los barcos que han faenado en el caladero de Marruecos
Para el año 2005, el plazo de presentación de solicitudes comienza 04 de enero y finaliza el 31 de octubre
Contribuir a la modernización de las estructuras productivas del sector pesquero andaluz y favorecer la conservación y explotación sostenible a largo plazo de los recursos pesqueros.
Convocatoria anual. El plazo de presentación de solicitudes de ayudas a la transferencia de buques pesqueros a terceros países, finalizará el 31 de julio de 2004.
Regulación de los aspectos relativos a la construcción y modernización de buques, el ajuste de los esfuerzos pesqueros, las sociedades mixtas, la paralización temporal de las actividades y otras compesaciones financieras.
Desde el 30 de diciembre de 2003 al 31 de octubre de 2004.