Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
Descripción del objeto: Construcción de un buque de cooperación en materia de pesca.
Establecer la normativa básica referente a la clasificación y etiquetado de los productos pesqueros frescos, refrigerados o cocidos.
Los vinos originarios de la comarca vitícola de Bailén en la provincia de Jaén, que se ajusten a los requisitos definidos en el Anexo de la Orden y que cumplan las condiciones establecidas en esa disposición y en el Pliego de Condiciones aprobado, podrán utilizar la mención ¿Vino de la Tierra de Bailén¿.
De acuerdo con el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), se establece el procedimiento a seguir para la actualización de la base de datos del Seguro de Rendimientos de Almendro.
I. DEFINICIÓN DEL PRODUCTO
II. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CALIDAD
III. DISPOSICIONES RELATIVAS AL CALIBRADO
IV. DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS TOLERANCIAS
V. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA PRESENTACIÓN
VI. DISPOSICIONES REFERENTES AL MARCADO
La utilización de residuos y subproductos orgánicos en los terrenos agrícolas, compaginando su eliminación con la mejora de la estructura y fertilidad del suelo, está condicionada a las limitaciones que impone la normativa vigente en el empleo de estos productos.
En este sentido, es preciso controlar en cada caso las cantidades a aportar por unidad de superficie, atendiendo a las características propias de cada producto fertilizante, a la analítica del suelo, a los cultivos a implantar, a la época de aplicación, a las condiciones climatológicas, etc.
Por todo ello, resulta imprescindible una adecuada mecanización de las operaciones de fertilización, mediante la utilización de equipos que garanticen una distribución uniforme, tanto en superficie como en profundidad.
Con este motivo, la Dirección General de Agricultura del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con la colaboración de l Conselleria de Medio Rural de la Xunta de Galicia, convoca la «II Demostración Internacional de Aplicación Mecanizada de Fertilizantes Orgánicos», que se celebrará el día 5 de octubre de 2006, en Boqueixón (A Coruña) y que está dedicada a mostrar en condiciones de trabajo real las tendencias más aconsejables y novedosas en la distribución de estiércoles sólidos y líquidos (purines), compost y lodos de depuración de aguas residuales.
Establecer las normas de comercialización de las ciruelas del código NC 0809 40 05.
Dichas normas se aplicarán en todas las fases de la comercialización en las condiciones dispuestas por el Reglamento (CE) n° 2200/96.
No obstante, en las fases siguientes a la de expedición, los productos podrán presentar frente a las disposiciones de esas normas:
- una ligera disminución de su estado de frescura y de turgencia, y
- salvo en el caso de los productos clasificados en la categoría "Extra" ligeras alteraciones debidas a su evolución y su carácter más o menos perecedero.