Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
Establecer las normas de comercialización de las ciruelas del código NC 0809 40 05.
Dichas normas se aplicarán en todas las fases de la comercialización en las condiciones dispuestas por el Reglamento (CE) n° 2200/96.
No obstante, en las fases siguientes a la de expedición, los productos podrán presentar frente a las disposiciones de esas normas:
- una ligera disminución de su estado de frescura y de turgencia, y
- salvo en el caso de los productos clasificados en la categoría "Extra" ligeras alteraciones debidas a su evolución y su carácter más o menos perecedero.
De acuerdo con el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), se establece el procedimiento a seguir para la actualización de la base de datos del Seguro de Rendimientos de Almendro.
Reglamentación técnico-sanitaria sobre los productos de cacao y chocolate destinados a la alimentación humana
Se aprueban las Medidas para la Ordenación y Gestiónde la ZEPIM Fondos Marinos del Levante Almeriense
I. DEFINICIÓN DEL PRODUCTO
II. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CALIDAD
III. DISPOSICIONES RELATIVAS AL CALIBRADO
IV. DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS TOLERANCIAS
V. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA PRESENTACIÓN
VI. DISPOSICIONES REFERENTES AL MARCADO
Aprobación del Manual de Señalización en Espacios Naturales de Andalucía.
Establece las medidas comunitarias mínimas de lucha contra las enfermedades de los peces