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Normativas de Agricultura

Normativas de Agricultura

16-09-2009
Objeto:

Descripción del objeto: Construcción de un buque de cooperación en materia de pesca.

16-09-2009
Objeto:

Como consecuencia de la solicitud formulada por la Asociación Andaluza de Fabricantes de Salazones, Ahumados y Otros Transformados Primarios de la Pesca, para el reconocimiento del Pliego de Producto «Atún y Pez Espada Ahumado» como sistema de calidad, en el que se recoge la norma de calidad para el uso de la marca Calidad Certificada, respecto del citado producto, con fecha 15 de septiembre de 2006, por esta Dirección General se ha dictado Resolución en la que se reconoce dicho Pliego como sistema de calidad al efecto exclusivo de la certificación de productos para el uso de la ci-tada marca. Todo ello conforme al Decreto 242/2001, de 6 de noviembre, por el que se regula la marca Calidad Certificada para los productos agroalimentarios y pesqueros, modificado por el Decreto 269/2005, de 7 de diciembre.

16-09-2009
Objeto:

Los vinos originarios de la comarca vitícola de Bailén en la provincia de Jaén, que se ajusten a los requisitos definidos en el Anexo de la Orden y que cumplan las condiciones establecidas en esa disposición y en el Pliego de Condiciones aprobado, podrán utilizar la mención ¿Vino de la Tierra de Bailén¿.

16-09-2009
Objeto:

Esta disposición establece las condiciones zootécnicas que deben cumplir los caballos y yeguas de Pura Raza Española, para la consideración de su pureza racial, mediante la determinación de las características del libro genealógico y los criterios para la valoración de los animales.

Al mismo tiempo se aprueba la normativa de la raza Pura Raza Española (P.R.E) que figura en el anexo de la disposición.

16-09-2009
Objeto:

Cuando el importe de la cotización de base o el importe de la cotización B es inferior al importe máximo contemplado en el artículo

15, apartados 3 y 4, del Reglamento (CE) nº 1260/2001, los fabricantes de azúcar tienen la obligación de pagar a los vendedores de remolacha el 60 % de la diferencia entre el importe máximo y el importe que deba percibirse de la cotización de base o la cotización B.

16-09-2009
Objeto:

Se determinan para las campaña de comercialización Campañas 2006/07, 2007/08 y 2008/09, las cuotas de producción de azúcar e isoglucosa.

16-09-2009
Objeto:

Establecer las normas de comercialización de las ciruelas del código NC 0809 40 05.

Dichas normas se aplicarán en todas las fases de la comercialización en las condiciones dispuestas por el Reglamento (CE) n° 2200/96.

No obstante, en las fases siguientes a la de expedición, los productos podrán presentar frente a las disposiciones de esas normas:

- una ligera disminución de su estado de frescura y de turgencia, y

- salvo en el caso de los productos clasificados en la categoría "Extra" ligeras alteraciones debidas a su evolución y su carácter más o menos perecedero.

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