Normativas
Normativas
Este real decreto tiene por objeto regular la financiación y ejecución de las actuaciones urgentes de mejora y consolidación de regadíos que se recogen en el anexo como «Programa de Actuaciones», con la finalidad de obtener un ahorro de agua capaz de mitigar los efectos de la sequía en el regadío.
Para contribuir tanto a la difusión de las nuevas tecnologías como a su conocimiento, la Dirección General de Agricultura del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con la colaboración del General del Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, convoca la «XIX Demostración Internacional de Maquinaria Forestal y Equipos contra Incendios», que se celebrará el día 25 de mayo de 2006, en el «Monte Castelfrío», sito en el término municipal de Cedrillas (Teruel).
Se prorroga la homologación, del contrato-tipo de compraventa de peras «Williams» y «Rocha» con destino a pera en almíbar y/o jugo natural de frutas, cuyo texto figura en el anexo de esta Orden.
El objeto de la presente Orden es regular la captura comercialización del longueirón (Solen marginatus), en la modalidad de buceo, en el litoral de la provincia de Huelva.
La captura de esta especie sólo podrá realizarse en las zonas de producción del litoral onubense, desde la zona AND 1-01: Río Guadiana hasta la AND 1-11: Zona Marítima de Doñana, declaradas mediante la Orden de 25 de marzo de 2003, por la que se declaran las zonas de producción y protección o mejora de moluscos bivalvos, moluscos gasterópodos, tunicados y equinodermos marinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, excepto en la superficie ocupada por la Reserva de Pesca de la desembocadura del río Guadalquivir,
En el marco de sus competencias, los objetivos de la O.I.V., son:
a) indicar a sus miembros las medidas que permitan tener en cuenta las preocupaciones de los productores, consumidores y demás actores del sector vitivinícola.
b) asistir a las otras organizaciones internacionales intergubernamentales y no gubernamentales, en particular a las que tienen actividades normativas.
c) contribuir a la armonización internacional de las prácticas y normas existentes y, cuando sea necesario, a la elaboración de nuevas normas internacionales a fin de mejorar las condiciones de elaboración y comercialización de los productos vitivinícolas, tomando en cuenta los intereses de los consumidores.
La Dirección General de Agricultura del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación considera conveniente y oportuno convocar la «II Demostración Internacional de Maquinaria Agrícola para la Mecanización de Nuevas Plantaciones de Cítricos», que con la colaboración de la Consejería de Agricultura y Pesca de la junta de Andalucía, deberá celebrarse en la finca «Los Beneficios», ubicada en el término municipal de Palma del Río (Córdoba), el próximo día 27 de abril de 2005.
1. Queda prohibida la pesca de cerco, a los buques españoles, en las aguas exteriores del litoral peninsular de Andalucía entre los días 1 de marzo de 2004 y 30 de abril de 2004, ambos inclusive.
2. De la prohibición referida en el apartado anterior, quedan exentas las embarcaciones que dispongan de autorización para la pesca del cebo vivo.
La presente Directiva define las condiciones de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de aves de corral y de huevos para incubar procedentes de países terceros.