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Normativas de Agricultura

Normativas de Agricultura

16-09-2009
Objeto:

La presente Decisión establece las condiciones de certificación zoosanitaria para las importaciones a la Comunidad, o el transito por ella, de:

a) aves de corral, huevos para incubar y pollitos de un dia;

b) carne, carne picada y carne separada mecánicamente de aves de corral, rátidas y aves de caza silvestres;

c) huevos, ovoproductos y huevos sin gérmenes patógenos específicos.

16-09-2009
Objeto:

El agricultor que cultive producciones herbáceas extensivas de cereales de invierno, leguminosas grano, colza, cereales de primavera y girasol, podrá optar, para garantizar sus cultivos, entre asegurar aisladamente cada una de dichas producciones de acuerdo con el condicionado vigente en los seguros específicos, para cada uno de ellos, o asegurar la totalidad de los mismos de forma conjunta suscribiendo la póliza multicultivo

En la Orden se establece el objeto, el ámbito de aplicación, los precios y las fechas de suscripción en relación con la póliza multicultivo de producciones herbáceas extensivas.

Estas condiciones están de acuerdo con el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2004, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 2003, y con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados y su Reglamento.

La Administración General del Estado concederá subvenciones al pago de las primas, a los asegurados que suscriban estos seguros.

Las pólizas y tarifas correspondientes a estos seguros únicamente podrán suscribirse a través de las entidades que se integran en el cuadro de coaseguro de la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, Sociedad Anónima.

16-09-2009
Objeto:

La Administración del Estado realizó una concesión administrativa de numerosas explotaciones agrarias adjudicadas a agricultores, en régimen de concesión administrativa con acceso a la propiedad. El resto se traspasó a la Comunidad autónoma bajo la titularidad del Instituto Andaluz de Reforma Agraria (IARA).

Se producen situaciones de irregularidad por parte de los titulares de las concesiones administrativas y por medio del Decreto se pretende establecer el régimen de enajenación de determinadas explotaciones agrarias y sus bienes inmuebles afectos, de titularidad del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, previa regularización de la situación administrativa de sus ocupantes.

16-09-2009
Objeto:

1. El esperma de las especies ovina y caprina que se transporte a otro Estado miembro deberá ir acompañado de un certificado sanitario.

2. Los óvulos y embriones de las especies ovina y caprina que se envíen a otro Estado miembro deberán ir acompañados de un certificado sanitario .

16-09-2009
Objeto:

Que los solicitantes puedan disponer de un documento acreditativo de la contratación de materia prima ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, vista la solicitud de homologación de un contrato-tipo de compraventa de higos secos con destino a su selección y envasado, formulada por la Organización Interprofesional Agroalimentaria del Higo Seco y Derivados O.I.A.H.

16-09-2009
Objeto:

Garantizar que los productos que se pongan en el mercado sean seguros.

16-09-2009
Objeto:

Se establecen los métodos de muestra y análisis oficiales.

16-09-2009
Objeto:

Se definen las producciones y rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y, por último, los precios unitarios del seguro combinado y de daños excepcionales en patata.

De conformidad con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados, con el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla, con el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2007, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2006, y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).

16-09-2009
Objeto:

Derogación de la Orden de 8 de junio de 2001 por la que se establecen medidas específicas de prevención en relación con la fiebre catarral ovina o lengua azul.

Traslados de animales a las zonas de protección y vigilancia se regirán por lo dispuesto en la Decisión 2001/783/CE

16-09-2009
Objeto:

El Reglamento (CEE) nº 2676/90 de la Comisión describe estos métodos de análisis en su anexo.

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Domingo, 30 de Junio de 2024
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