Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
Establece disposiciones acerca de los permisos de pesca en alta mar, las artes de pesca empleadas, los sistemas de localización de los buques, restricciones al esfuerzo pesquero , puertos designados e información y seguimiento.
Desarrollo de un plan acción de la calidad de los productos pesqueros.
En la presente Decisión se establecen:
a) las medidas de bioseguridad que deben aplicarse en las explotaciones que crían aves de corral destinadas a la repoblación de la caza silvestre; y
b) las medidas de vigilancia que deben aplicarse cuando se envían aves de corral de explotación destinadas a la repoblación de la caza silvestre a otros Estados miembros o a terceros países.
Establecer un sistema común de notificación e información sobre los movimientos transfronterizos de organismos modificados genéticamente (OMG), con el fin de contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de OMG que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana.
Se otorga autorización a esa entidad para actuar como entidad privada de control, para la aplicación del sistema de control de la agricultura ecológica y la certificación de productos agrícolas vegetales contemplados en las letras a y b del artículo 1.1 del Reglamento (CEE) núm. 2092/1991 del Consejo, de 24 de junio de 1991, en Andalucía.
La entidad deberá solicitar la acreditación ante la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC)
Los Estados miembros sólo permitirán la primera comercialización de los productos contemplados en el artículo 1 si la remesa viene acompañada de un informe analítico original basado en un método adecuado y validado para la detección específica del arroz modificado genéticamente LL RICE 601 y emitido por un laboratorio acreditado, en el que se demuestre que el producto no contiene arroz modificado genéticamente LL RICE 601.
Consultoría y asistencia para el estudio de las condiciones oceanográficas en el entorno marino de Cabo de Gata,para la cuantificación de surgencias de origen continental, t.m. Níjar (Almería).
Establece las condiciones básicas para la valoración genética de los équidos a través de los esquemas de selección y planes de mejora, así como las característcas de los controles de rendimientos en las diversas razas.
Control de la comercialización de la pesca en destino por parte de la Inspección pesquera.
Por este Real Decreto se incorporan los espárragos al régimen de denominaciones de origen, genéricas y específicas, establecido en la Ley 25/1970, de 2 de diciembre por la que se aprobó el Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes, y en la que se preveían nuevas incorporaciones de productos agrarios cuya protección de calidad tenga especial interés económico y social.