Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
El ámbito de aplicación del seguro combinado y de daños excepcionales en acelga y espinaca, regulado en la presente Orden, que cubre los riesgos de pedrisco, inundación-lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales, serán todas las parcelas que se encuentren situadas en todo el territorio nacional.
Este real decreto tiene por objeto establecer las bases de regulación del Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles, en lo sucesivo EET, en ovino, y la normativa básica de las subvenciones para su desarrollo.
El Convenio Colectivo tiene por objeto regular las condiciones de trabajo y empleo y mantener un marco de relaciones armónicas entre empresas y trabajadores.
Consultoría y asistencia para el estudio de las condiciones oceanográficas en el entorno marino de Cabo de Gata,para la cuantificación de surgencias de origen continental, t.m. Níjar (Almería).
Con respecto a las repúblicas Checa y Eslovaca, se procede a otorgar distintas concesiones, una de las cuales consiste en la eliminación de las
restituciones, aplicable a partir del 1 de junio de 2003, y los certificados de exportación ya expedidos, con fijación anticipada de la restitución, para la República Checa y con la República Eslovaca, sólo son válidos hasta el 31 de mayo de 2003.
En la presente Decisión se establecen:
a) las medidas de bioseguridad que deben aplicarse en las explotaciones que crían aves de corral destinadas a la repoblación de la caza silvestre; y
b) las medidas de vigilancia que deben aplicarse cuando se envían aves de corral de explotación destinadas a la repoblación de la caza silvestre a otros Estados miembros o a terceros países.
Establecer la norma de comercialización aplicable a los repollos.
La presente norma se aplica a los repollos de las variedades (cultivares) obtenidas de Brassica oleracea L. var. capitata L. (incluidas las lombardas y las coles de hoja lisa) y de la especie Brassica oleracea L. var. sabauda L. (coles de Milán), que se entreguen en estado fresco al consumidor.
Se excluyen los repollos destinados a la transformación industrial.
Establecer un sistema común de notificación e información sobre los movimientos transfronterizos de organismos modificados genéticamente (OMG), con el fin de contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de OMG que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana.